El programa prevé para los emprendimientos industriales innovadores un aporte No Reembolsable (ANR) efectuado por empresas madrinas.
A su vez, las empresas madrinas (que serán empresas consolidadas de cualquier sector) podrán desgravar impuestos provinciales en un monto equivalente al 125% del desembolso realizado, asumiendo el compromiso de apoyar a la empresa industrial naciente en aspectos técnicos, comerciales, jurídicos y contables de su proyecto durante el período de dos años.
Fecha de apertura de la convocatoria: junio 2024
Vigencia
El vínculo entre emprendedor, Empresa Madrina y Autoridad de Aplicación tiene una duración de dos años por ley.
El proyecto entrará en vigencia el primer día hábil del mes siguiente en que se emite la resolución correspondiente.
Aportes
Los aportes económicos que realiza la Empresa Madrina al proyecto innovador son Aportes No Reembolsables (ANR), los cuales deberán realizarse en disponibilidades líquidas en moneda local acreditados vía transferencia bancaria.
Adicionalmente, el emprendedor podrá solicitar a la Empresa Madrina el asesoramiento necesario de índole técnico, legal, administrativo, contable, organizacional, etc.
Requisitos
Es requisito indispensable contar con la Empresa Madrina que realizará los aportes y el acompañamiento al Proyecto Industrial, previo a realizar la inscripción del Proyecto.
Tener una antigüedad máxima de dos años contados a partir de la inscripción en AFIP. (Se define la fecha de inscripción de la empresa al momento de su registro en AFIP más allá de los cambios de razón social realizados).
El proyecto a presentar deberá proveer un producto y/o solución tecnológica, tendiente a la modernización o innovación en productos y/o procesos. Adicionalmente, se valorarán aquellos proyectos que incorporen nuevos sistemas, equipos o tecnologías; contribuyan a eficientizar el uso de la energía, mejorar las condiciones de vida y/o accesibilidad de las personas; y/o desarrollen áreas económicamente deprimidas.
Requisitos
Podrá amadrinar proyectos en el marco de este Programa, toda empresa consolidada de cualquier sector que se comprometa a brindar el apoyo para la creación de una nueva Empresa Industrial Innovadora. Para ello, la Empresa no necesariamente debe residir en Córdoba, siempre y cuando tribute impuestos provinciales.
Importante: la empresa Madrina no podrá tener parentesco de primer grado con el emprendedor o socios de la nueva Empresa Industrial Innovadora, ni vínculo laboral alguno.
Desgravación impositiva
La empresa Madrina será beneficiada obteniendo la Desgravación del 125% de los aportes realizados al emprendedor (Crédito Fiscal). Es decir, podrá desgravar impuestos provinciales. Prioritaria y predeterminadamente, se aplica al impuesto sobre los Ingresos Brutos; en caso de no ser posible o estar exenta, la desgravación podrá aplicarse al impuesto inmobiliario provincial y/o automotor. Sólo en los casos en que no pueda aplicarse a los impuestos citados anteriormente, se podrá desgravar el Impuesto a los Sellos.
La desgravación impositiva se realizará una vez comprobado cada desembolso presentando la DDJJ mensual y desgravando el monto correspondiente. Se aplicará sobre la deuda a vencer del mismo.
Junio 2024
Contacto
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